Compartir
Cómo celebrar contratos de alquiler de vivienda con plazos menores al mínimo legal
¿Propietario de una vivienda y necesitas alquilarla por un periodo menor a 3 años?
¡No te preocupes! Existen excepciones a la ley que te permiten alquilar tu inmueble por un plazo menor, sin perder la seguridad jurídica.
En esta nota te explicaremos cuáles son las excepciones al plazo mínimo legal de 3 años, y cómo puedes celebrar un contrato de alquiler de vivienda con un plazo menor.
En el marco de la presentación del DNU 600/2023, que busca desregular la economía, se plantea la posibilidad de derogar la Ley de Alquileres. Esta ley establece un plazo mínimo de 3 años para los contratos de alquiler de vivienda, pero existen excepciones a esta regla que permiten celebrar contratos de menor duración.
El Código Civil y Comercial establecía un plazo mínimo de 2 años para los contratos de vivienda, que luego fue modificado a 3 años. Sin embargo, existen excepciones a esta regla que permiten celebrar contratos de menor duración.
En este artículo, veremos cuáles son estas excepciones y cómo celebrar un contrato de alquiler de vivienda con un plazo menor al mínimo legal.
Excepciones al plazo mínimo legal:
Las excepciones al plazo mínimo legal se encuentran establecidas en el artículo 1199 del Código Civil y Comercial de la Nación. Estas excepciones son las siguientes:
Alquileres con fines determinados: Estos contratos se celebran por un período menor al mínimo legal cuando tienen como finalidad específica el cumplimiento de un objetivo concreto expresado en el acuerdo. Por ejemplo, un contrato de alquiler de vivienda para una persona que viene a la ciudad a estudiar o a recibir tratamiento médico.
Alquileres temporarios turísticos: Estos contratos se celebran por un período de hasta tres meses y tienen como finalidad el alojamiento de turistas.
Alquileres para uso diplomático: Estos contratos se celebran con personas que pertenecen a misiones diplomáticas o consulares extranjeras.
Acuerdos feriales: Estos contratos se celebran para el arrendamiento de inmuebles con motivo de la realización de ferias, exposiciones o congresos.
Alquileres para guardado: Estos contratos se celebran para el arrendamiento de inmuebles con el fin de guardar bienes muebles.
Recomendación para celebrar contratos de alquiler de vivienda con plazos menores al mínimo legal:
Para celebrar un contrato de alquiler de vivienda con un plazo menor al mínimo legal, utilizando la finalidad determinada, es fundamental indicar en el contrato el motivo por el que se celebra por un período menor al mínimo legal. Por ejemplo, "Este contrato se celebra por un período de 12 meses, debido a que el inquilino requiere un lugar donde vivir mientras se encuentra en tratamiento médico".
Conclusiones:
Las excepciones al plazo mínimo legal permiten a los propietarios de viviendas alquilarlas por un período menor a 3 años, sin perder la seguridad jurídica. Es importante tener en cuenta estas excepciones y seguir las recomendaciones para celebrar un contrato de alquiler de vivienda con un plazo menor al mínimo legal.
¿Conoces a alguien que necesite alquilar o alquilar su vivienda por un período menor a 3 años?
¡Comparte esta nota con ellos!
Así podrán conocer las alternativas legales existentes para realizar contratos de menor duración y tomar la mejor decisión para sus necesidades.
¡Gracias por leernos!